Sobre los ingresos de la ACPA

La Normativa establece

Artículo 34. El patrimonio de la Asociación Colombiana de Psicólogos Aeronáuticos (ACPA-COL) previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación, serán los siguientes:

1. Las cuotas de afiliación anual y de sostenimiento, o las extraordinarias fijadas en las Asambleas.
2. Los excedentes generados por cursos, seminarios, talleres o demás formas de capacitación, incluyendo congresos. Igualmente, el producto de la venta de publicidad o patrocinio comercial en las actividades o eventos que realizare la Asociación.
3. Las subvenciones, donaciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal, para las actividades de educación e investigación, por parte de los Asociados o de terceras personas, naturales o jurídicas o por empresas sean nacionales o extranjeras.
4. Cualquier otro recurso lícito.

A la luz de los Estatutos...

la Asociación está en capacidad de recibir donaciones para la realización de sus programas de formación y/o investigación, por lo que muchas empresas aeronáuticas nacionales o internacionales, podrán participar haciendo aportes que coayuden a la realización de los objetivos de la ACPA. Las personas interesadas nos podrán contactar al correo donaciones@PsicologosAeronauticos.org.

DONACION